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año:2011
 
institución:MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 11810 FAX Nro. 2272-0367 25 de noviembre, 2011 DFOE-DL-1078 Licenciado Manuel E. Castillo Oreamuno Auditor Municipal MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Estimado señor: Asunto: Se rechaza gestión de conflicto, planteada a tenor del artículo 38 de la Ley General de Control Interno, relativa al informe número AM-006-2011 emitido por la Auditoría Interna de la Municipalidad de Curridabat. Nos referimos a sus oficios AIMC-176-2011 y AIMC-198-2011, de fechas 12 de octubre y 11 de noviembre del año en curso, respectivamente, mediante los cuales pone en conocimiento de esta Contraloría General el informe Nro. AM-006-2011 emitido por esa Auditoría Interna, referido al manual descriptivo de puestos y la posibilidad de que se hubieran presentado eventuales nombramientos irregulares. Además, remite el criterio emitido por la Procuraduría General de la República, en el dictamen C-267-2011 del 31 de octubre del 2011, que se refiere, en lo pertinente, al caso del puesto del Director de Catastro y Bienes Inmuebles Municipal de ese Ayuntamiento. Sobre el particular, en primer término es importante señalar que el artículo 38 de la Ley General de Control Interno, Nro. 8292, resulta aplicable únicamente en los supuestos en los que exista inconformidad de la Auditoría Interna con la resolución firme emitida por el jerarca del mismo ente, en la que se ordenan soluciones distintas de las recomendadas por la citada Auditoría. En este caso, la situación que se presenta dista del supuesto previsto en el artículo mencionado, toda vez que en contra de los plazos legales establecidos para incoar el proceso de conflicto, se tiene que conforme con el oficio AMC-0379-07 ...
Fecha publicación: 09/12/2011
Fecha emisión: 25/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 07659 18 de agosto de 2011 DCA-2108 Señor Edgar E. Mora Altamirano Alcalde Municipal Municipalidad de Curridabat Estimado señor: Asunto: se contesta la aclaración solicitada sobre el régimen de prohibiciones que cubre a la empresa MATRA LTDA y su aplicación al contrato suscrito con la Municipalidad de Curridabat, y se rechaza la solicitud de reconsideración de la denegatoria de refrendo de dicho contrato. Nos referimos a su oficio AMC-0399-08-2011 del 4 de agosto del presente año, mediante el cual solicita la aclaración y reconsideración referida en el asunto. I. Antecedentes. 1) Que mediante oficio N° 03571 del 25 de abril de 2011 (DCA-1041) se denegó el refrendo contralor al contrato suscrito entre la Municipalidad de Curridabat y la empresa MATRA LTDA para la compra de dos vagonetas, por encontrarse esta última cubierta por el régimen de prohibiciones para contratar con la Administración. 2) Que en dicho oficio se dijo sobre la prohibición que cubría a la empresa MATRA LTDA lo siguiente: “se configuraron los supuestos de la causal de prohibición que prevé los incisos h) e i) del artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, dado que hasta el día catorce de marzo del corriente, el señor Rodolfo Echeverría Martín, sobrino de la señora Viviana Martín Salazar, ostentaba la calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa adjudicataria. Mientras que ese poder fue revocado hasta el día catorce de marzo del 2011 y en consecuencia mantuvo durante todo ese tiempo la representación de la empresa adjudicataria. En virtud de las anteriores consideraciones, debe reiterar este órgano contralor que el hecho generador de la prohibición es el nombramiento de la señora Vivina Martín Salazar como Diputada, siendo que de forma expresa indica el artículo 22 bis de la citada nor ...
Fecha publicación: 23/08/2011
Fecha emisión: 18/08/2011
Documento: 07659-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07740 19 de agosto, 2011 DJ-0898-2011 Señor Allan P. Sevilla Mora Secretario Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta sobre competencia municipal para conformar órgano director. Falta de competencia. Se refiere este Despacho a su oficio SCMC 269-08-2011 de 01 de agosto de 2011, recibido en esta Contraloría General el pasado 4 de agosto del año en curso, por el cual se consulta sobre la autoridad municipal competente para disponer la conformación de un órgano director. Señala que el concejo Municipal acuerda autorizar al Alcalde a efecto de que se sirva nombrar un órgano director de procedimiento administrativo de acuerdo con lo referido en el oficio número 03571 del 25 de abril de 2011 de la División de Contratación Administrativa de esta Contraloría General. Específicamente solicita que el órgano contralor se pronuncie sobre los siguientes puntos: 1. ¿ A cuál de estos centros jerárquicos de autoridad, que se refiere la resolución antes mencionada, le corresponde disponer la conformación de un órgano director para aplicar las sanciones que resulten procedentes, según oficio 03571 de fecha 25 de abril de 2011, de esa Contraloría General? 2. ¿ En caso de que sea el Concejo Municipal, es legalmente procedente que este delegue en la Alcaldía el nombramiento de dicho órgano director y la consecuente instrucción del proceso, reservándose la decisión final con base en sus conclusiones? 2 Es pertinente señalar, en primera instancia, que en el ejercicio de la potestad consultiva atribuida a la Contraloría General en el artículo 29 de su Ley Orgánica y regulada mediante la Circular no. CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (publicada en el diario oficial La Gaceta no. 107 ...
Fecha publicación: 22/08/2011
Fecha emisión: 19/08/2011
Documento: 07740-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 04726 30 de mayo, 2011 DFOE-DL-0407 Señor Allan P. Sevilla Mora Secretario Municipal MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Estimado señor: Asunto: Se emite criterio solicitado por la Municipalidad de Curridabat en relación con restituir la rebaja de recursos del presupuesto de la Auditoría Interna. Con el propósito de que lo haga del conocimiento de los señores miembros del Concejo Municipal en la sesión siguiente al recibo de este oficio, se informa que se atiende el memorial Nro. SCMC 147-05-2011 del 6 de mayo del año en curso, mediante el cual ese órgano colegiado consulta acerca de la obligatoriedad de restituir los recursos que se rebajaron vía modificación del presupuesto de la Auditoría Interna. Para tales efectos adjuntó el criterio de la asesoría legal del Concejo, en el que se concluye que los recursos en cuestión deben restituirse y en el que opina, en lo que interesa, que las rebajas efectuadas al presupuesto de la Auditoría Interna corresponden a partidas de absoluta necesidad para el buen desempeño de las responsabilidades de esa unidad de fiscalización. Al respecto, se observa que esa administración municipal cuenta con un criterio profesional que examina el caso de marras e indica la vía a seguir y que en el planteamiento de la consulta no se establece duda alguna con respecto al contenido del criterio jurídico ni se aportan los argumentos técnicos y legales en contrario para no atenderlo. Así, desde la perspectiva del uso eficiente y eficaz de los recursos públicos no se comprende el razonamiento esgrimido por ese órgano colegiado para remitir la consulta al órgano contralor. Valga destacar que en la consulta remitida a esta Contr ...
Fecha publicación: 10/06/2011
Fecha emisión: 30/05/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Asignación de Presupuesto, Aspectos varios


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 01341 15 de febrero, 2010 DJ-0173-2010 Señor Guillermo Alberto Morales Rodríguez Presidente Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Estimado Señor: Asunto: Consulta relacionada con el eventual reconocimiento retroactivo de horas extraordinarias al secretario del Concejo Municipal. Se refiere esta División a su oficio N° SCMC-22-01-2011, recibido el 26 de enero pasado, mediante el cual plantea una consulta relacionada con la procedencia de realizar un eventual pago retroactivo de horas extraordinarias al secretario del Concejo Municipal. La consulta toma como base, el acuerdo de ese Concejo N° 2 adoptado en la sesión ordinaria N° 038-2011 en el que se dispuso lo siguiente: “Acuerdo Nro. 2.- (…) por unanimidad se acuerda formular sendas consultas genéricas a Contraloría General de la República y Procuraduría General de la República, respecto de la procedencia y régimen legal aplicable respecto de reconocer el pago en forma retroactiva de horas extra a los funcionarios que desempeñan el cargo de Secretario Municipal y cuya jornada excede la ordinaria, con motivo de su asistencia a sesiones”. Cabe mencionar, que junto al oficio de consulta se remite copia de algunos pronunciamientos de la Contraloría General, la Procuraduría General y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social relacionados con el tema de interés. Asimismo, se adjunta copia del criterio jurídico de la Asesoría Legal Municipal y el Asesor Legal de ese Concejo1, siendo contestes estos dos últimos en torno a la procedencia del reconocimiento retroactivo de horas extraordinarias a favor del funcionario antes relacionado. I CONSIDERACIONES PRELIMINARES De previo a dar respuesta a la interrogante planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley ...
Fecha publicación: 18/02/2011
Fecha emisión: 15/02/2011
Documento: 01341-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Pago de Horas Extras , Administracion de Fondos Publicos